Los derechos de autor de Lorca

joseangel

Socio de la AGA
Ruego al que lo sepa me aclare algo que no comprendo. Se trata de los derechos de autor de una obra de teatro de Lorca.

Ayer vi en la tele que en un centro de aficionados al teatro (o algo así) de La Coruña, alguien de la p...SGAE insistía en cobrar derechos de autor por la representación de una obra de teatro de Lorca.
Si Lorca murió en el 1936, y ya han pasado más de 70 años ¿qué derechos de autor pueden tener sus herederos?

Es sólo curiosidad.
Saludos,
joseangel
 
Ruego al que lo sepa me aclare algo que no comprendo. Se trata de los derechos de autor de una obra de teatro de Lorca.

Ayer vi en la tele que en un centro de aficionados al teatro (o algo así) de La Coruña, alguien de la p...SGAE insistía en cobrar derechos de autor por la representación de una obra de teatro de Lorca.
Si Lorca murió en el 1936, y ya han pasado más de 70 años ¿qué derechos de autor pueden tener sus herederos?

Es sólo curiosidad.
Saludos,
joseangel

Hola joseangel,

Podría tratarse no de derechos de autor sino de otro tipo de derechos correspondientes a alguna adaptación, revisión, etc.
 
Es que estos temas siempre se prestan a confusión: Estos señores de la SGAE son los propietarios de la música. No de una determinada música, sino de La Música así como fenómeno. Por eso basta con que alguien tararee algo en la obra, para que haya que pasar por caja. Y lo mismo si se trata de un festival benéfico, o de poner la radio en la pelu o de los derechos de autor de Monteverdi...
Por poner un ejemplo: si tocas tu música en tu bar, pasan a cobrarte.
De ahí la gran simpatía que despierta en el personal.
 
Era un Instituto de Enseñanza Secundaria...

A ver si comienzan a cobrar los derechos de las partituras de las flautas en primaria, las audiciones públicas de las Escuelas de Música y las de los Conservatorios.

Solo el Gobierno como afectado logrará pararle los pies.
 
Por poner un ejemplo: si tocas tu música en tu bar, pasan a cobrarte.
De ahí la gran simpatía que despierta en el personal.

Disiento. Solo te cobrarán por tu música si has registrado tus obras con ellos. Si lo has hecho en la propiedad intelectual de tu comunidad, la notaría, en safecreative.org u otros lugares, no pueden cobrarte porque tu música no está entre su "repertorio".

Ahora bien, si has registrado tus obras en la SGAE, por interpretarlas te podrían pasar el recibo por reproducción pública y ellos, supuestamente, te pagarán por ello.

Un cordial saludo: Óscar ;)
 
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