Re: Fuente y caudal
Según la estipulación décima del Contrato de Edición Musical, el editor queda obligado a "...imprimir y distribuir la COMPOSICIÓN en la modalidad de edición conocida como guión*, con la finalidad de presentar un ejemplar de la misma en los organismos y entidades relacionados con la Propiedad Intelectual, a los meros efectos regístrales, así como para atender las necesidades de su promoción en los medios profesionales. Los ejemplares así obtenidos serán distribuidos gratuitamente y no devengaran canon alguno en favor del AUTOR. Si existiera norma de no obligatoriedad de la edición impresa por parte del EDITOR, este quedará eximido..."
cbaixo
* El subrayado es nuestro...
Maravíllanse las gentes de lo que en este Tratado escribí, y yo me maravillo de lo que en verdad callé
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