Pagar derechos de autor para grabación de disco

nandez

New member
Saludos a todos!:

En breve tengo la intención de grabar un disco con música original para guitarra. Los autores son de 1950 hacia nuestros días y tengo la duda sobre los derechos de autor.

¿Como hay que pagarlo? ¿ A cuanto asciende la cuantía? :?:

Muchas gracias al que me pueda responder
 
Los autores cobran los derechos siempre que sus obras se utilizan, y cuando mueren, los derechohabientes seguirán percibiendolos hasta pasados setenta años.-
En cuanto al pago del canon por la grabación, es al editor del disco o soporte fonográfico a quien corresponde pedir los permisos correspondientes a la SGAE y pagar las tasas según el número de obras utilizadas y discos grabados que puede oscilar entre veninte y cuarenta céntimos.- Ya con el permiso en su haber, al CD, se le inserta su certificación.-
 
Ah, se me había olvidado, hay que pagar los derechos si las obras están registradas en la SGAE, de lo contrario se complicaría el asunto porque es muy difícil localizar al autor de una obra que va por libre, y en cuyo caso, te puedes arriesgar a grabarla sin su permiso, y si no está conforme, primero que demuestre que es el propietario con el certificado en el Registro de la Propiedad Intelectual y luego que litigue contra el editor.-
 
Saludos de nuevo:

Aunque ha pasado tiempo, ya el disco por fín está grabado. Los autores más "recientes" son Falla que murió en 1946, Turina que murió en 1949 y Casals que murió en 1973. No han pasado 70 años de su muerte. ¿ Debo de pagar derechos de autor? ¿ Como sé si está registradas en la SGAE? ¿ Con quien me pongo en contacto para pagar ese canon? En cuanto tenga todo más claro haré unas 200 copias, es un cd más que nada promocional, pero quiero dejar todo bien hecho. El estudio de grabación me ha dicho que no hace falta pagar nada, pero sinceramente no me termino de fiar. ¿Que me aconsejan?
 
Todas las obras que mencionas están protegidas bajo derecho de autor. Actualmente todavía están vigentes los 80 años que otorgaba la anterior Ley. Para consultar qué repertorio está registrado en cualquier sociedad de gestión internacional, puedes acceder desde la página de la propia SGAE, en la sección Consultar Repertorio SGAE. En la propia web también podrás encontrar las tarifas vigentes, así como los modelos de solicitud, pero como bien han dicho anteriormente es el sello o discográfica la que tiene que realizar el pago. Si es un trabajo autoeditado, serás tú mismo el que tendrá que hacer estas funciones entonces.
 
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